Es el régimen que le corresponde a los trabajadores que empezaron a cotizar al IMSS antes del 1° de julio de 1997.
Es importante que sepas que los trabajadores que comenzaron a cotizar antes del 1° de julio de 1997 tienen derecho a elegir alguno de los dos . Haz clic aquí si quieres saber cómo funciona el Régimen 97
Si eliges esta opción (sólo disponible si comenzaste a cotizar antes del 1° de julio de 1997), recibirás una pensión mensual pagada por el Gobierno Federal a través del IMSS, el resto de tu vida.
Dependiendo de tu edad al momento de tu retiro, se te otorgará un porcentaje de la pensión que te correspondería al cumplir 65 años de edad.
Puedes retirarte desde los 60 años, sin embargo, sólo se te entregará un porcentaje del total de tu pensión. Consulta la tabla para conocer el porcentaje que te corresponderá según la edad en que te retires:
La pensión se calculará con base en el salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente 5 años), las semanas totales que haya cotizado y el nivel salarial del trabajador.
• Estar registrado en Afore Azteca.
• Haber comenzado a cotizar en el IMSS antes del 1° de julio de 1997.
• Contar con un mínimo de 500 semanas cotizadas.
(Recuerda que un año completo corresponde a 52 semanas de cotización).
• Tener mínimo 60 años.
(A partir de los 60 años el trabajador tiene derecho al 75% de la pensión que le correspondería por Vejez y va incrementando el 5% por cada año cumplido hasta llegar a los 65 años).
• Estar dado de baja en el régimen obligatorio.
(No estar cotizando al IMSS).
• Mantener tu Expediente de Identificación actualizado. En caso de no contar con él acude con uno de nuestros Agentes Promotores.
Reúne los siguientes documentos:
Si es el caso, también deberás llevar:
En caso de padres y cónyuge:
En caso de hijos:
Con estos documentos acude a la clínica familiar del IMSS que te corresponda.
El IMSS revisará la documentación y te indicará cuándo puedes regresar por la Resolución de Pensión.
Con la respuesta del IMSS acude a una sucursal de Afore Azteca con uno de nuestros Agentes Promotores.
Debes llevar:
La solicitud será revisada por Afore Azteca y una vez procesada (5 días hábiles), Afore Azteca te entregará el saldo de las subcuentas:
Tu pensión la pagará mensualmente, a través del IMSS, el Gobierno Federal.
En caso de fallecimiento del trabajador, sus beneficiarios pueden realizar este trámite. Si es tu caso, consulta los documentos para realizar el trámite por beneficiarios aquí.