Afore Azteca.
 
   
Febrero 2008
Enero 2008
Diciembre 2007
 
 
 

Existen dos tipos de retiros parciales que puedes efectuar, y Afore Azteca te ofrece el servicio para ayudarte a realizarlos.  

•  Si te encuentras desempleado, puedes realizar el Trámite de Desempleo. A través de éste, se puede retirar la cantidad que resulte menor entre el 10% del saldo de la subcuenta de Retiro, Cesantía y Vejez, o 75 días de su salario base de cotización de las últimas 250 semanas. Este trámite sólo se podrá realizar cada 5 años.

Para realizarlo, deben haber transcurrido 46 días a partir del día de desempleo, contar con la Certificación de Baja del IMSS, tener cotizados 5 años en el SAR 97 y no haber efectuado este retiro en los últimos 5 años.  

•  Si tienes planes de boda, puedes realizar el Trámite por Matrimonio . Se puede retirar 30 días de salario mínimo vigente en el DF de la Cuota Social de Gobierno.   Este trámite sólo se podrá llevar a cabo una vez en la vida.  

Puedes realizar este trámite si se han cumplido 150 semanas cotizadas en SAR 97, si el matrimonio se celebró a partir del 1º julio 1997, y tener la Resolución de Ayuda de Gastos de Matrimonio del IMSS.

 

Si te casaste después del 1º de julio de 1997, cumples con los requisitos y deseas realizar el trámite, ¡todavía puedes hacerlo!

Es muy importante considerar que para ambos retiros, se descontarán semanas de cotización, dependiendo del caso de cada trabajador.

Para ambos trámites, es necesario entregar ciertos documentos, por lo que te pedimos consultarlos en www.aforeazteca.com.mx o a través del centro de atención telefónica.   También puedes consultar la página de la CONSAR www.consar.gob.mx

 
 
 
 
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