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Preguntas Frecuentes
¿Qué es una Afore?Una Afore (Administradora de Fondos para el Retiro) es una empresa que se dedica a administrar e invertir los ahorros para el retiro de los trabajadores inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). ¿Qué hacen las AFORES?Las Afores tienen una cuenta de ahorro por cada uno de sus clientes, en donde se le depositan las cuotas y aportaciones de seguridad social, así como aquel ahorro voluntario que el mismo trabajador quiera guardar. La Afore invierte ese dinero en Sociedades de Inversión Especializadas (Siefores), buscando siempre tener el mayor rendimiento posible para acrecentar el ahorro del trabajador. ¿Cuáles son las principales obligaciones de las AFORES?La principal obligación de una Afore es administrar el ahorro de cada uno de sus clientes, recibiendo las cuotas y aportaciones que le corresponden conforme a las leyes de seguridad social. Debe realizar los trámites de los diversos tipos de retiro de recursos, y la prestación de varios servicios relacionados con la administración de la cuenta individual de cada cliente. ¿Quién puede hacer uso de una Afore?Todo trabajador que esté afiliado en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). ¿Qué autoridades vigilan que funcione bien el sistema?Para asegurar la correcta administración de los ahorros de cada cliente, la Ley establece que diversas autoridades vigilen el funcionamiento de las Afores y demás empresas que participan. Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financiero Secretaría de Hacienda y Crédito Público Banco de México. Institutos de Seguridad Social Institutos estatales ¿Qué es la Cuenta Individual del trabajador?Es su cuenta de ahorros, en la cual se depositan las cuotas obrero-patronales y estatales y las aportaciones voluntarias que haga el trabajador, así como los rendimientos que sus ahorros generan.
¿Qué son las comisiones que cobra una AFORE?Las comisiones son el pago que el trabajador hace a la Afore para que le administre su Cuenta Individual. Las comisiones pueden ser de varios tipos:
AFORE AZTECA SÓLO COBRA COMISIÓN SOBRE SALDO ¿Qué es el Estado de Cuenta?Para Afore Azteca es muy importante que nuestros clientes estén informados del ahorro de su cuenta individual.
Te recomendamos verificar, cada vez que recibas tu Estado de Cuenta, que tus datos personales sean correctos, que el Número de Seguridad Social sea el mismo con el que tu patrón te tiene registrado en el IMSS, la fecha de corte y los importes correspondientes. Secciones de mi Estado de Cuenta ¿Cuáles son los tipos de retiro que ofrece el Sistema de Ahorro para el Retiro?Renta Vitalicia: Cuando un cliente se va a retirar, puede elegir que se transfieran sus ahorros a una compañía de seguros, quien se obligará a pagar periódicamente una pensión durante toda la vida del pensionado. El monto de la pensión la determina la aseguradora que eligió el cliente. Retiros Programados: El cliente también puede elegir obtener una pensión fraccionando el monto total de su ahorro, para lo cual se tomará en cuenta su esperanza de vida, así como los rendimientos previsibles de los saldos. Retiro por matrimonio: Como ayuda para gastos de matrimonio, el cliente tiene derecho a retirar de su ahorro una cantidad equivalente a 30 días del salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, siempre y cuando haya acreditado 150 semanas de cotización en el IMSS a la fecha de su matrimonio. Este retiro se podrá ejercer una sola vez y no aplica para posteriores matrimonios. Retiro por desempleo: Para los cotizantes al IMSS: Si tienes al menos de 3 años de haberte registrado en una Aforey un mínimo de 12 bimestres de cotización acreditados en tu Cuenta Individual de Afore, podrás retirar en una exhibición la cantidad que resulte al equivalente a 30 días de tu último salario base de cotización, con un límite de 10 veces el salario mínimo mensual general que rija en el Distrito Federal. Si tu cuenta individual tiene 5 años o más de haber sido abierta en el sistema, podrás retirar la cantidad que resulte menor entre 90 días de tu propio salario base de cotización de las últimas 250 semanas o las que tuvieres, o el 11.5% del saldo de la Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez. Para los cotizantes al ISSSTE: Si elegiste el Régimen Ordinario o de nuevo ingreso, podrás retirar el monto equivalente a la cantidad que resulte menor entre 75 días de su salario base de cotización, correspondiente al promedio de los últimos 5 años o el 10% del saldo de la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez; en el entendido de que los recursos respectivos, única u exclusivamente podrán obtenerse del saldo acumulado en la mencionada subcuenta, y siempre que acredite con los estados de cuenta correspondientes, no haber efectuado retiros durante los 5 años inmediatos anteriores a la fecha citada. Si elegiste el Décimo Transitorio, recibirás un monto equivalente a la cantidad correspondiente al 10% del saldo de la subcuenta de SARISSSTE siempre y cuando el saldo de esta subcuenta, registre a la fecha de la solicitud respectiva, una cantidad no inferior equivalente al resultado de multiplicar por 18 el monto de la última aportación invertida en la subcuenta de que se trate, y siempre que acredite con los estados de cuenta correspondientes no haber efectuado retiros durante los 5 años inmediatos anteriores a la fecha citada. La Concesión de Retiros parciales tiene una vigencia de 90 días. Posterior a este plazo, tendrás que solicitar una nueva resolución ante el ISSSTE. Este tipo de retiro se podrá realizar sólo una vez cada cinco años. Retiro por reingreso: Un trabajador pensionado al amparo de la Ley del Seguro Social 73- 97 que reingrese a trabajar formalmente, puede disponer del total de sus ahorros correspondientes a los conceptos de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV) y Vivienda 97 acumulados en su cuenta individual en la fecha de su reingreso. Retiro por edad: Cuando el trabajador haya cumplido 65 años de edad, podrá disponer de sus ahorros acumulados en las subcuentas de Retiro SAR 92 y Vivienda 92. Retiro por invalidez, muerte y riesgos de trabajo: Cuando el IMSS emite una resolución de pensión por invalidez, vida o riesgos de trabajo a un trabajador o a sus beneficiarios, la Afore transfiere sus ahorros de las subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV) y Vivienda 97 a una aseguradora, seleccionada por el cliente, para el pago de la pensión. Retiro de Aportaciones Voluntarias: El cliente puede retirar periódicamente una parte o la totalidad del ahorro voluntario que haya ingresado en su cuenta. Podrá disponer de ese dinero cada seis meses, contados a partir de la fecha del depósito de la primera aportación voluntaria o de la fecha del último retiro efectuado. ¿Quienes son los beneficiarios del trabajador?La Ley establece dos tipos de beneficiarios: los legales y los sustitutos. ¿Cómo atiende la AFORE las consultas o reclamaciones de los trabajadores?La Afore tiene varios medios para atender a sus clientes, como el portal en Internet, el Centro de Atención Telefónica, las Sucursales de Banco Azteca o la Unidad Especializada de Atención al Público (UEAP). ¿Qué es el Contrato de Administración de Fondos para el Retiro?El Contrato de Administración de Fondos para el Retiro es el acuerdo que firma el cliente con la Afore para la administración de sus ahorros y debe contener los datos del trabajador y de la Afore; las definiciones que señalan los participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro, la legislación y reglamentación aplicable; la especificación de todos los servicios que la Afore prestará, así como las comisiones que la ley permite que las Afores cobren por sus servicios. ¿Cuáles son los principales servicios que debe ofrecer la AFORE?
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